Fianzas aduanales

La fianza aduanal garantiza el cumplimiento de las normas y reglamentos que regulan las operaciones aduanales.

Contempla las siguientes fianzas:

1. Admisión temporal bajo la Ley 69

Garantizar que los insumos admitidos en el país de manera temporal serán reexportados en el plazo indicado, bajo la Ley 69 sobre Incentivos a las Exportaciones.

2. Falta de documentos

Garantizar que los documentos originales de las mercancías importadas serán entregados a la Dirección General de Aduanas en un plazo no mayor de tres meses.

3. Pago de impuestos

Garantiza el pago de los impuestos a la Dirección General de Aduanas por parte del propietario de la mercancía.

4. Admisión temporal

Garantiza el retorno de maquinarias y equipos admitidos de manera temporal en el país, para realizar una actividad específica.

Requisitos para emitir fianzas aduanales o de admisión temporal:

  • Todas las documentaciones que le entrega el Ministerio de Hacienda (Dirección General de Aduanas), incluyendo el que tiene el detalle de los vehículos, indicando los valores en cada renglón.
  • Registro Mercantil de la empresa.
  • Si es a nombre de una persona física, copia de cedula de ambos lados.
  • Copia del pasaporte. (Si aplica).
  • Si es un Vehículo, debe presentar el formulario de la Secretaría de Estado de finanzas, de la
  • Dirección General de Aduanas (el que se llena con los datos del vehículo).
  • Si el valor afianzar es de RD$700,000.00 o más, debe enviar 3 copias de cédulas para un garante y dos testigos. (Tanto el garante como los testigos deben estar asequible para el proceso de firma del contrato).

Agente Aduanal
Esta fianza es requerida por las autoridades portuarias para permitir a compañías o personas físicas operar en los diferentes puertos de la República Dominicana.

 
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