Es la que exigen las aerolíneas a las agencias de viaje para garantizar la correcta rendición de cuenta y el pago de los boletos vendidos y cobrados por estas.
1. Agencias de viaje
Para que las agencias de viaje puedan operar en nuestro país se les exige dos tipos de fianzas:
- La depositada en el Ministerio de Turismo de la República Dominicana, que garantiza el cumplimiento de las disposiciones del Artículo 11, letras F del Reglamento de las Agencias de Viaje.
- La depositada en las aerolíneas, que garantiza las obligaciones de las agencias de viaje frente a la línea aérea por concepto de valores o boletos de viaje según reportes quincenales, por cuyo incumplimiento se demandará la ejecución de esta.
2. Agencias de viajes mayoristas y Tours operadores
Las agencias de viaje necesitan una fianza que cubra los riesgos de posibles cancelaciones e inejecuciones de contrato. Esta fianza debe ser por un monto no menor de trecientos cincuenta mil pesos dominicanos RD$350,000.00, para las agencias de viajes, reservaciones y pasajes. De quinientos cincuenta mil RD$550,000.00 para las agencias de viajes mayoristas y de setecientos cincuenta mil pesos dominicanos $RD$750,000.00 para los tours operadores.